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Alicante

El TSJ tumba los artículos más polémicos de la ordenanza contra la mendicidad y la prostitución de Alicante

Revés para el bipartito de Alicante. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha ordenado la anulación de los cinco artículos más lesivos de la controvertida ordenanza contra la mendicidad y la prostitución, conocida oficialmente como Ordenanza de Convivencia Cívica, estimando así el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Unidas Podemos. Por tanto, siguen en vigor, porque tampoco se solicitó su anulación, el resto del articulado.

Así figura en la resolución, publicado este lunes tras la deliberación que se produjo el pasado 18 de abril, en el que se estima la petición de Unidas Podemos por la falta de un verdadero informe de impacto de género. La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo. Las costas del procedimiento, por su parte, se las repartirán entre el Ayuntamiento de Alicante, como parte demandada, y Vox, como parte codemandada, a 1.500 euros por cabeza.

Esta norma permite desde hace más de un año a la Policía Local a multar con hasta 750 euros por dormir en la calle. En concreto, según la redacción de la ordenanza aprobada, ha castigado «acampar en las vías y los espacios públicos, acción que incluye la instalación estable en estos espacios públicos, sus elementos o mobiliario de tiendas de campaña, tenderetes, colchones, vehículos, autocaravanas o caravanas, salvo autorizaciones para lugares concretos, y tampoco estará permitido dormir de día o de noche en estos espacios». La ordenanza entró en vigor a finales de marzo de 2022, tras ser aprobada en pleno con los votos a favor de PP, Ciudadanos y Vox.

También se podían poner sanciones de hasta 500 euros por el ofrecimiento de servicios o productos, siempre que no hayan sido demandados por el usuario, como tarot, videncia, masajes, tatuajes, espectáculos circenses o de malabarismos, indicaciones de aparcamiento, ordenación y vigilancia de vehículos, limpieza de parabrisas, pañuelos, mecheros o similares, en espacios públicos y a personas que se encuentren en el interior de vehículos privados o públicos, a cambio de una cantidad de dinero o donativo. Además se podía multar las indicaciones de aparcamiento, ordenación y vigilancia de vehículos, limpieza de parabrisas.

Respecto a la prostitución, el Ayuntamiento incluía sanciones a las mujeres prostituidas de hasta 750 euros (las de carácter leve), mientras que se mantuvieron como graves la petición de los servicios (de 750,01 a 1.500 euros).

Cinco puntos

Según figura en la sentencia, quedan anulados el artículo 3.2.II, que recoge que «en los supuestos en los que así se prevea expresamente, las personas que se encuentren legalmente a cargo de los menores, por cualquier titulo, también podrán ser consideradas responsables de las infracciones cometidas por éstos en los términos previstos en la presente y demás normas que resulten de aplicación».,

También se obliga a retirar el artículo articulo 22 bis, que «prohíbe acampar en las vías y espacios públicos, acción que incluye la instalación estable en estos espacios públicos, sus elementos o mobiliario de tiendas de campaña, tenderetes, colchones, vehículos, autocaravanas o caravanas, salvo autorizaciones para lugares concretos». Ese apartado también prohibía «dormir de día o de noche en estos espacios»

Por otro lado, se anula a su vez el artículo 26.1, que «prohíbe las prácticas sexuales y el ofrecimiento, solicitud, negociación y aceptación directa o indirecta de servicios sexuales en la vía pública, cuando estas prácticas afecten a la convivencia ciudadana».

Además, queda sin efecto el apartado 29.3 sobre que «los padres y madres, tutores y demás personas responsables legales de los y las menores de edad serán responsables subsidiarios de las infracciones reguladas en este precepto, cometidas por éstos»

Y finalmente, se anula el articulo 31.2: «Serán responsables subsidiarios o solidarios por el incumplimiento de la obligaciones impuestas en esta Ordenanza las personas físicas o jurídicas sobre las que recaiga el deber de prevenir la infracción administrativa cometida por otros .Los padres y madres o personas responsables legales responderán solidariamente del pago de las sanciones derivadas de las infracciones cometidas por personas menores de edad, por no haber evitado como garantes la comisión del hecho, en los casos previstos en la Ordenanza .La responsabilidad solidaria quedará referida estrictamente a la pecuniaria derivada de la multa impuesta “.

Motivos de la anulación

Según el recurso presentado, Unidas Podemos basaba su petición de nulidad en dos supuestos defectos formales: «La inexistencia de informe de impacto por razón de género en el que sólo se menciona que la norma tiene un impacto de género nulo, cuando nos encontramos ante una norma llamada a ordenar las relaciones de convivencia ciudadana que se encarga de temas como la prostitución, el exhibicionismo obsceno o el acoso callejero en el espacio público temas que tienen un impacto evidente y directo en las políticas de igualdad de género». Y, por otro lado, en que en el «expediente de tramitación de la ordenanza no existe mención alguna al impacto en la infancia, adolescencia y en la familia a pesar de encontrarnos ante una disposición con impacto directo entre los jóvenes y adolescentes que son destinatarios de la norma en varios artículos y regula aspectos tales como las acrobacias y juegos de habilidad con bicicletas, patines o monopatines, el juego con balones».

En respuesta, desde el Ayuntamiento de Alicante se opusieron al recurso contencioso administrativo manifestando que «no concurren los defectos procedimentales alegados por la recurrente al verificar después de analizar el expediente administrativo la existencia de un informe que analiza todas las circunstancias, acudiendo al carácter antiformalista del derecho administrativo que determina que no procede la nulidad invocada, por la mera invocación de la falta de un requisito formal», según recoge el fallo judicial.

Sin embargo, el TSJ concluye que «para hacer efectiva la normativa y principios expuestos vinculados con la igualdad de género, el producto normativo de los ayuntamientos, en este caso representado por la Ordenanza, debe contener en la tramitación del mismo incardinado en la Memoria el informe de impacto de Género». «Haciéndose eco de dicha exigencia el Ayuntamiento de Alicante, tras la comprobación efectuada del expediente administrativo inserta dentro de la Memoria de Impacto de Género abreviada por la que se opta aquello que como sigue y transcribimos sobre el impacto de género: la norma tiene un impacto de género nulo».

Así, a juicio de la sala del TSJ, «el contenido más que sucinto no cumple las exigencias del requisito del informe de impacto de género; bien es cierto que consta el trámite pero que como tal dado el carácter conciso según lo expresado no puede considerarse que el mismo se haya cumplido, no colmando así la necesidad a que está llamado dicho informe».

Para el TSJ, «la realización del trámite supondría haber contemplado el análisis y valoración de los resultados que puedan seguirse de la aprobación de la norma desde la perspectiva de la eliminación de desigualdades y de su contribución a la consecución de los objetivos de igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres, a partir de los indicadores de situación de partida, previsión de resultados y de impacto; sin embargo así no se ha efectuado». «En definitiva, el TSJ «echa en falta en la presente ordenanza y por lo que respecta al informe tratado un análisis en lo que respecta a la situación en el ámbito donde la norma va a desplegar sus efectos».

Por ello, el alto tribunal estima el recurso contencioso administrativo al considerar que se «ha producido un vicio de nulidad de pleno derecho del articulo 47 LPAC, debido a la trascendencia que debe darse al informe de impacto por razón de género al integrase en respecto de ese concreto ámbito en la memoria de análisis de impacto normativo que constituye una herramienta útil para la mejora de la regulación, sistematizando y ordenando la información relevante para la valoración del impacto en cualquier ámbito».

El TSJ, por otro lado, resta importancia al otro argumento defendido por Unidas Podemos, respecto al impacto en la infancia y la familia: «La ausencia del indicado informe aún siendo considerada no puede producir los efectos propios de la nulidad de pleno derecho invocada por los recurrentes al no ser preceptiva en la tramitación procedimental y no ocasionar su carencia efectos irreparables en la aplicación de la Ordenanza».

Reacciones

Desde Unidas Podemos, el aún todavía portavoz municipal, Xavier López, ha mostrado su «satisfacción y la del grupo Unidas Podemos tras el fallo del TSJ en el que estima cada una de las peticiones realizadas en el recurso contra la denominada ‘ordenanza de la vergüenza'». «Esta norma injusta y cruel, que ha supuesto un infierno desde su aprobación para centenares de vecinos y vecinas con un importante grado de vulnerabilidad social, al someterlos a la persecución legal por el mero hecho de ser pobres, debe ser ya reformada por orden de los tribunales en sus aspectos más lesivos y exigimos que se haga de manera inmediata», señala López, quien añade: «la ordenanza ha sido un despropósito en todas sus vertientes, también en la procedimental y sólo tiene un responsable de su impulso: Luis Barcala. Pedimos pues al alcalde que abandone las posiciones ultras que van a llevar al ayuntamiento a pagar las costas del proceso judicial, por su mal hacer y por su inquina constante contra los colectivos y entidades».

Desde el Ayuntamiento de Alicante se han limitado a posponer la valoración de la sentencia a que «los servicios jurídicos estudian antes el alcance y los términos de la decisión del TSJ».

 

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Alicante

BENIARDÁ ( Alicante )

Beniardá es una pequeña localidad de Alicante que, a unos 20 kilómetros de lugares tan interesantes como Benidorm o el Parque Natural de la Serra Gelada, conserva intacto su encanto rural. ¡Conviértela en el destino de tu próxima escapada!

Qué hacer en Beniardá
Beniardá es una localidad de pequeño tamaño en un enclave realmente privilegiado, entre un embalse, un río y dos sierras, las de Xortá y Serrella. De este modo, ya sabemos que las vistas desde este municipio van a ser realmente interesantes y que partirán un buen número de senderos con mucho que disfrutar.

Su carácter agrícola y de montaña lo convierten en una gran opción para quienes busquen una escapada tranquila y natural, en un municipio en el que las calles aún conservan un trazado de la época árabe. De hecho aún existen restos de esta época en algunas edificaciones. Este pequeño rincón en un valle, el de Guadalest, tiene un pequeño acueducto que prácticamente marca la entrada al casco urbano.

En Beniardá las fiestas tienen un toque especial, como demuestra la más popular, la de “les fadrines”, en la que cuatro jóvenes mujeres antaño preparaban, a base de rifas, todo lo necesario para poder bailar al son de la música en septiembre. Hoy en día estas fiestas cuentan con verbenas, fiestas de disfraces y otras manifestaciones más religiosas. ¡No deberías perdértelas!

Beniardá además celebra una Feria Artesanal en la que presume de productos típicos como el aceite de oliva, la miel, los dulces, embutidos y mucho más. Además es un buen momento para visitar paradas de artesanía en esparto, cerámica, alfarería y mucho más. Seguro que podrás aprovechar esta oportunidad para probar los deliciosos “minxos” o los buñuelos de calabaza, ¡Sin olvidar la limonada natural!

Y no debes dejar de planear alguna salida senderista, ya que desde Beniardá salen rutas muy interesantes a lugares como la Mallada del Llop. Empieza a preparar tu escapada a un lugar tranquilo, bonito y lleno de rincones interesantes. ¡Descubre Beniardá!

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Alicante

El Festival de Cine de Alicante elige 18 proyectos que aspiran a ser series o películas

Más de trescientos proyectos de series y películas, en concreto 303, ha recibido el Laboratorio de Propuestas de Ficción del Festival de Cine de Alicante, que continúa batiendo récords en su 22ª edición, que se celebra del 17 al 22 de mayo, dado que el año anterior sumaron 280 solicitudes y en 2023 fueron 182 las registradas. Este séptimo laboratorio, organizado junto a la Agencia de Local de Desarrollo del Ayuntamiento de Alicante, Impulsalicante, y con la colaboración de la Fundación SGAE, ha seleccionado un total de 18, que aspiran a convertirse en realidad en el futuro.

Los creadores escogidos podrán defender sus proyectos ante profesionales del sector durante las jornadas que dura este laboratorio, entre el 19 y el 23 de mayo, de forma presencial en las instalaciones de Puerta Ferrisa. El grupo de profesionales está compuesto por el coordinador del laboratorio, Luis María Ferrández; Alfred Costa, subdirector de Continguts À Punt-Ràdio Televisió Valenciana; Rodrigo Espinel, producción de cine y series en Morena Films; Piluca Baquero, productora de cine, docente y gestora cultural y Marian Sánchez, productora, coach y docente de gestión audiovisual argentino-española.

Los 18 elegidos
Los 18 seleccionados son doce largometrajes de ficción, dos largometrajes documentales, cuatro series: Las revelaciones de un actor, de José Luis de Damas Medina; Bien de barrio, de Juan Manuel Montilla (Langui); Disparar a la cabra, de Mario Martínez Sáenz y Cristina Díez-Madroñero; El caso margarita, de Sirio Morcillo; El confesor, de Javier Rojo; En los límites, de Lara Stoop y Alexander L. Arias; Feliciano el serio, de José Larrosa; Horitzó, de Irene Benlloch y Sergi Miralles; La empresa de los callados, de Jorge Alcalá Larumbe; La herencia de Sara, de Nicolás Chinski; Los durmientes, de Dídac Gimeno; Papel de plata, de Jimena Llamas; Pontiac, de Iñaki Sánchez Arrieta; Roberta Gamba, de Helena Bonastre y Marta Longás; San Ildefonso, de Israel Pardo; Spaghetti Bigfood, de Marcos Solanilla; Streedagh, de Fernando Corral e Iván Gisbert y Yo te vi morir, de Carmen Arranz, Sara Bournissa y Olga Sanchis.

Punto de encuentro fuera de las grandes capitales
El director del festival Vicente Seva se ha mostrado satisfecho con el peso de esta iniciativa: «Cada año llegan más proyectos, la gente quiere asistir a este laboratorio porque es una gran oportunidad, un punto de encuentro de la industria fuera de las grandes capitales. Una ocasión para mostrar el talento, aprender y compartir. Hay proyectos de ediciones pasadas que ya están viendo la luz, algo que nos enorgullece mucho, y estamos seguros que cada año serán más los proyectos que lleguen a producirse», ha señalado, tras recordar que el pasado año fue seleccionada una película que se presentó en uno de estos laboratorios, Tú no eres yo, de Marisa Crespo y Moisés Romera; o que la productora Morena Films, la misma que respalda la última de Julio Medem, 8, ha seleccionado en dos ocasiones proyectos presentados aquí, como Eco, de Nacho G. Solana.

«Este año se han superado todas las expectativas al romper la barrera de los 300 proyectos recibidos. Era algo impensable en los primeros años de este laboratorio, que ahora se consolida como uno de los más importantes de España con su séptima edición, y con un elenco de productoras, ponentes, charlas y premios que completan una actividad de referencia para los autores y los creadores en lengua española», ha comentado el coordinador del laboratorio, Luis María Ferrández.

La concejala Mª Carmen de España ha calificado el laboratorio de «referencia obligada que sigue batiendo récords de participación» por tratarse de una actividad con proyección para la industria del cine y los creadores locales y «abre una ventana de oportunidad para hacer realidad sus guiones y propuestas para la filmación de largometrajes y series de la mano de las principales productoras».

Los premios
En esta nueva edición se entregarán los siguientes premios:

Premio Impulsa al proyecto innovación.
Premio À Punt, al mejor proyecto de ficción nacional.
Premio SGAE, al proyecto original y creativo.
Premio Music Library, premio de una tarifa plana limitada a una producción con acceso a los catálogos de música de producción que sub-edita y distribuye (valorado en 2.000 euros).
Premio Welab Professional Equipment, premio de descuento directo en alquiler de equipos de cámara, lentes y accesorios (valorado en 2.500 euros).
Premio Movibeta, premio de distribución tarifa plana durante un año a festivales de cine en Movibeta sin tasas (valorado en 1.800 euros).

Fuente: Diario Información.

África Prado.

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Alicante

Katy Perry brilla sin estar en la MET Gala

Una imagen generada por IA volvió a engañar a medio internet. Esta vez, hasta Katy se sumó a la broma.
Por segundo año seguido, una imagen falsa de Katy Perry en la MET Gala se hizo viral. Y sí, muchos fans volvieron a caer.

La foto mostraba a la cantante con un vestido negro espectacular, perfectamente alineado con el tema de este año: “Superfine: Tailoring Black Style”. Pero no, Katy no fue a la gala.

La propia artista aclaró en Instagram que está de gira con su Lifetimes Tour y no pudo asistir. Aun así, se lo tomó con humor: “Este año estuve realmente con mi mamá, así que ella está a salvo de los bots. Pero rezo por el resto de ustedes”, escribió.

El año pasado no fue así. Su madre, Mary Perry, cayó en la trampa y pensó que la imagen generada por IA era real. Le dijo: “Pareces el desfile de las rosas, eres tu propia carroza”. Katy respondió: “Mamá, la IA también te atrapó, ¡cuidado!”

Este 2025, su madre no picó. Pero miles en redes sí. Muchos incluso comentaron que era el mejor look de la noche, aunque fuera falso.

Fuente: Kiss FM.

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